La administración de justicia fue percibido cómo atributo de los príncipes de los Austrias. En este tiempo gobernar significó principalmente hacer justicia y los príncipes lo harían en virtud de la gracia divina. Juntar justicia con religión solo potenziaba las monarquías, porqué en la época moderna las iglesias fueron en gran parte la fundación de la sociedad.
La justicia contribuyó al mantenimieto de paz entre los súbditos y extinguí conductas desfavorables hacia el orden político y social instituidos, pero no siempre en maneras más amables.
Jerónimo Castilla de Bobadilla fue un jurista español del siglo XVI, que escribió una obra sobre la justicia, la religión y el origen de los Príncipes:
Política para Corregidores y Señores de vasallos, en tiempo de paz y de guerra y para prelados en lo espiritual y temporal entre legos, juezes de comisión, regidores, abogados y otros oficiales públicos y de las jurisdiciones, preeminencias, residencias y salarios dellos y de lo tocante a las de órdenes y cavalleros dellas (1597), conocido como La Política.
Jerónimo Castilla se licenció en Salamanca y prestó servicios en los corregimientos de Badajoz, Soria y Guadalajara. Actuó como letrado de las Cortes y culminó su carrera como fiscal de la Chancillería de Valladolid. En su obra La Política Castilla mostró una imagen muy dura de la penalidad de la época moderna de España. En su opinión el Rey era Dios en la tierra y ley viva, que significaba que no había un sistema de justicia imparcial e igual para todos. La sociedad estaba al servicio de los privilegiados y su sistema político- Absolutismo, y el poder infundía temor en los súbditos para mantener y asegurar paz interior del reino.
El castigo dependía en mucho del estamento social del culpable. Dos hombres con diferentes ingresos tampoco eran iguales ante la ley. A su modo de ver, los estamentos nobles son los que poseen la fortaleza y sapiencia y por esto merecerían penas más leves.
La máxima autoridad de dar y abrogar la ley caía sobre el Príncipe, los corregidores no pudieran crear ni alterar decisiónes, eran solo transmisores de la voluntad del Príncipe. Debido a esto el Princípe que detentó un poder absoluto del derecho estaba libre del respeto al ley. Pudiera dar y abrogar la ley como la existencia de ello dependía totalmente de su voluntad.
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